
Imputación por homicidio culposo

Según la acusación fiscal, “entre el 24 y el 25 de agosto de 2025, en un sanatorio privado de Choele Choel, ingresó a la guardia una mujer de 86 años con dolor abdominal y signos de compromiso respiratorio, cuadro que requería una evaluación médica integral urgente y conforme a las reglas de la lex artis”.
“En ese contexto, la médica habría omitido realizar una adecuada valoración clínica, prescindiendo de estudios básicos, desatendiendo signos de alarma, limitando el tratamiento y sin brindar un diagnóstico certero”, describió la fiscal del caso.
“Además, el especialista en cardiología y médico tratante de la paciente habría incumplido sus deberes profesionales, ya que se negó en al menos dos oportunidades a intervenir y evaluarla”, agregó el Ministerio Público Fiscal.
“De este modo, ambos imputados omitieron brindar la asistencia médica necesaria y no cumplieron con los estándares mínimos exigidos por su profesión. En consecuencia, la paciente no fue tratada de manera oportuna y su cuadro clínico evolucionó desfavorablemente hacia un paro cardiorrespiratorio, en un contexto de afección no diagnosticada ni tratada. Este resultado les es objetivamente imputable en virtud del nexo causal entre las omisiones —en infracción a la lex artis— y el desenlace fatal, habiendo incumplido la posición de garante que les imponía su rol profesional”, concluyó la fiscalía.
La calificación jurídica solicitada es la de “homicidio culposo” en carácter de coautores, según los Artículos 45 y 84 del Código Penal.
Entre el sustento probatorio mencionado se encuentran la denuncia penal radicada el 31 de agosto en la Comisaría 19 de Luis Beltrán y su ampliación en la Comisaría 8ª de Choele Choel por parte de la hija de la víctima, el preventivo policial, el acta de defunción, el acta de nacimiento de la denunciante, la historia clínica, entrevistas a personal del sanatorio y la intervención del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción Judicial.
Por su parte, la defensa penal pública que asiste a los imputados manifestó que cuenta con una teoría del caso alternativa, que presentará la evidencia correspondiente, y no formuló oposición a esta instancia.
Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos solicitados por la fiscalía, fijó un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria y dispuso, como medida cautelar, que ambos imputados deberán informar de manera inmediata cualquier cambio de domicilio o ausencia de la localidad por más de 15 días.



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