Justificación del no voto: los trámites se realizan ante los juzgados de Paz

Las personas que no emitieron su voto en las últimas elecciones provinciales y municipales deben formalizar la justificación ante los juzgados de Paz del domicilio que figura en el padrón. La ley Electoral de Río Negro le otorga la facultad a los jueces y juezas de Paz para hacer el trámite dentro de los 60 días posteriores a los comicios.
Provinciales04/05/2023
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Beltrán

El Juzgado Electoral de Río Negro recordó a las y los electores que no pudieron concurrir a emitir su voto el último 16 de abril que según lo dispuesto por el artículo 218 de la ley O 2431 - Ley Electoral Provincial - son los jueces y juezas de Paz de las localidades donde debían votar quienes exclusivamente  justifican la no emisión del voto dentro de los 60 días posteriores a los comicios.

 

El trámite puede realizarse personalmente o enviar digitalmente la justificación a los correos electrónicos de los 49 juzgados de Paz de la provincia. Esa información está disponible aquí: https://tinyurl.com/2kw4axnp

 

En el caso de que se opte por el trámite digital se deberán adjuntar las constancias, ya sea de razones de salud, distancia, viaje, edad, entre otras posibilidades.

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