
Destacada participación de la escuela municipal de gimnasia artística de Luis Beltrán fue parte del encuentro realizado en el polideportivo de puerto del este.
Un Tribunal de Roca definió que una mujer no sólo fue víctima de una mala praxis médica sino que además se violó su derecho a ser correctamente informada sobre las alternativas, los riesgos y las secuelas de la operación a la se sometió y que terminó, en definitiva, agravando el problema de salud que se pretendía corregir.
Regionales22/06/2022
“Se ha incumplido la obligación de informar adecuadamente a la actora, quien de haber sido alertada del riesgo que en definitiva se produjo, seguramente hubiere decidido no operarse o hacerlo por otros profesionales”, concluyó la Cámara Civil de Apelaciones de Roca en la sentencia que atribuyó la responsabilidad por los daños tanto al médico que la operó como a la clínica donde se realizó la intervención, en una localidad del Valle Medio.
La mujer se sometió a una operación de “juanetes” en ambos pies luego de que, según afirmó ella en la demanda, su médico le asegurara que era “una práctica médica sencilla, no advirtiéndole de complicaciones” ni del riesgo de “causar una deformidad mayor”. Sin embargo, el malestar fue en aumento después de la cirugía, al punto que un año después la mujer ya no podía caminar y debió someterse a una reconstrucción articular, también conocida como “cirugía de rescate”.
Según las presentaciones al expediente, la mujer sólo firmó un escueto documento previo a la operación, al cual el médico y la clínica le dieron el valor del “consentimiento informado” de la paciente para someterse a la intervención.
“No se ha cumplido con la obligación de informar a la paciente, no pudiéndose admitir como acreditación de ello el documento en cuestión, aún cuando no hubiere sido adulterado. Allí no se cumple con la ley y no se acreditó con otra prueba que se le hubiere brindado verbalmente o de otro modo la información debida”, concluyó la Cámara.
El “consentimiento informado” es un paso obligatorio para las intervenciones médicas en general y debe ser un documento escrito para las intervenciones quirúrgicas en particular, donde se acredite que el o la paciente, o la persona que lo o la acompaña, han sido claramente informados sobre el diagnóstico, la finalidad de la cirugía, los tratamientos alternativos, los riesgos que implica la decisión de operarse o de no operarse. Ese documento es un derecho al que el o la paciente no pueden renunciar y que los y las profesionales de la medicina no pueden omitir. Su objetivo es garantizar “el libre y adecuado ejercicio de elección del paciente”.
Según explicó la Cámara en su fallo, la Ley Nacional N° 26.529, conocida como Ley de Derechos del Paciente, define el consentimiento informado como “la declaración de voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus representantes legales en su caso, emitida luego de recibir, por parte del profesional interviniente, información clara, precisa y adecuada” sobre el procedimiento, los beneficios esperados, los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles, entre muchos otros datos. Además, la provincia de Río Negro tiene su Ley Nº 3.076 que expresamente ordena que la información que debe recibir el o la paciente debe ser “en términos razonablemente comprensibles”.
Cabe señalar que la sentencia no puso fin al caso pero sí definió la responsabilidad civil del médico, de la clínica y de sus respectivas aseguradoras. En la próxima etapa, una nueva pericia deberá orientar al Tribunal sobre el grado de incapacidad que sufre la mujer y otras secuelas dañinas de la mala praxis para poder determinar un monto para la indemnización correspondiente.
Fuente: Poder judicial

Destacada participación de la escuela municipal de gimnasia artística de Luis Beltrán fue parte del encuentro realizado en el polideportivo de puerto del este.

Con gran entusiasmo y una destacada participación estudiantil, se llevó a cabo en Darwin el 3º Encuentro de Teatro “Al arte nos une”, una propuesta que reunió a más de 150 estudiantes y docentes de distintas escuelas del Valle Medio, consolidándose como un espacio único en la provincia de Río Negro.

Un auto volcó en la mañana de éste domingo a la altura del kilómetro 276 de la ruta nacional 250.

Una vez más, la intersección de Ruta 22 y 251, en cercanías de Río Colorado, volvió a ser escenario de un siniestro vial.

Motociclista resultó con lesiones graves como consecuencia de un siniestro vial ocurrido en horas de la tarde del viernes en Río Colorado.

El Instituto de Educación Profesional (InEP) de la Universidad Nacional de Río Negro invita a participar del trayecto formativo Operario/a Apícola (Nivel I) y Asistente Apícola (Nivel II), que se desarrollará en distintas localidades de la provincia, iniciando en 2025 y continuando durante 2026.

En la ESRN 139 de Pomona dio inicio la capacitación “R.C.P. y primeros auxilios básicos en la escuela”, destinada a docentes de todo el Valle Medio. La propuesta es fruto del trabajo articulado entre distintas áreas del Consejo Escolar Valle Medio I, dependiente del Ministerio de Educación.

Los eventos de precipitaciones registrados el lunes 10 de noviembre de 2025 generaron condiciones de riesgo severo para las localidades de San Patricio del Chañar y General Roca, y de riesgo moderado en las localidades de Guerrico, Chimpay, J.J. Gomez, Stefenelli y Belisle.

Una vez más, la intersección de Ruta 22 y 251, en cercanías de Río Colorado, volvió a ser escenario de un siniestro vial.

En Beltrán, un hombre dejó las brasas de un asado encendidas y se generó un incendio.

Una menor, que estaba al mando de un ciclomotor, quiso esquivar un auto y terminó cayendo al suelo. El hecho ocurrió en Blas Parera y Roca de Luis Beltrán.