Fallo para modificar el orden de apellido de dos niños

El fallo del Juzgado de familia de Luis Beltrán tiene en cuenta el rol activo de la progenitora para que ese apellido quede en primer lugar.

Regionales - Luis Beltrán 04/04/2024
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La madre de dos niños inicia en conjunto con el progenitor de ellos un proceso para cambiar el orden de los apellidos, siendo que ambos adultos viven en diferente localidades. Los niños viven con su mama, por ende se ocupa de  todas las tareas propias  de la vida cotidiana, cuidado, contención y crianza en sí sola, siendo su prioridad y debiendo indefectiblemente postergar su tiempo y actividades del ámbito, personal, laboral y profesional.


Esto se fue dando así principalmente porque al no convivir y no residir en la misma localidad, se dificultan los cuidados parentales compartidos; y en parte también por la actitud del padre, quien ha delegado de manera tácita en la madre toda la organización de lo referido a las necesidades de los niños. 


Desde un enfoque niño-céntrico e intentando sostener una crianza respetuosa, criar sola a niños pequeños implica que una no tenga las mismas posibilidades, en tiempo, ni energías. A nivel personal y social, se limitan –prácticamente se anulan- las posibilidades de descanso, ocio, deporte, salidas. No hay tiempo real para descansar, lo cual afecta también la calidad de vida y la salud, en este caso, materna. Asimismo a nivel laboral y profesional, se limitan fuertemente las posibilidades de participar de espacios de capacitación y formación profesional, y de asumir compromisos laborales de mayor exigencia.Como contracara, quien no cría, dispone del tiempo, energías y descanso que quiere para su vida cotidiana. 


La abogada Antonelli quien acompaño el proceso manifestó  que las mujeres/madres que crian solas (incluso estando en pareja) como privilegio del patriarcado, aquel trabajo que no es reconocido como tal por tratarse de la atención de quienes amamos, pero que recae (en la mayoría de los casos) sólo en uno de los géneros, independientemente de los trabajos formales fuera del hogar. Asimismo, criar sola indefectiblemente empobrece económicamente a quien asume esa responsabilidad de manera unilateral. Todas las prioridades están guiadas a las necesidades de los niños. Mientras el progenitor no conviviente realiza un aporte fijo y dispone libremente del resto de sus ingresos (y tiempos), quien convive pone el total de sus ingresos (y tiempo) para las necesidades de los niños.


Por todo ellos ambos acordaron en que es desigual para ambos el trabajo de criar, que es patriarcal y que los hijos lleven “naturalmente” el apellido paterno primero (o como único apellido) y que sería justo revertir el orden de los apellidos de sus hijos a los que la Jueza da lugar , logrando así el reconocimiento de esta madre en base a la modificación del orden de los apellidos de sus hijos. 

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