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En la mañana del lunes, en la audiencia de cesura, las partes solicitaron la pena para el único funcionario policial declarado responsable penal del delito de vejaciones en el legajo denominado Solano II.
Regionales02/12/2025
Tras la verbalización de que el hombre no registra antecedentes penales computables, el Ministerio Público Fiscal inició sus alegatos señalando que “como agravante sostendremos lo vertido por las testimoniales durante el juicio respecto de la manera en que fue sacado Daniel Solano del local bailable. Repetidas veces escuchamos decir 'me dio bronca cómo lo empujaban, tanta alevosía no hacía falta'”.
“Para la fiscalía, se agregan otros agravantes. Entre ellos que el hoy imputado no actuó de manera solitaria en ese momento, sino que lo hizo con otros compañeros de trabajo. Esa forma de intervenir causó mayor indefensión de la victima y mayor grado de peligrosidad por parte los autores, fue una actuación desmedida, innecesaria a la vista de todos”, enfatizó la fiscal jefe.
“Agregamos como agravante la afectación de la vida ajena y de los derechos humanos de la víctima. Sin desconocer que en esta audiencia nos debemos ceñir al hecho por el que fue declarado responsable, y no en relación a lo demás que acusamos y no fue declarado responsable, no podemos dejar de mencionar que la extensión de este daño puntual fue la causa generadora de lo que a posteriori le ocurrió a Daniel Solano”, subrayó el Ministerio Público Fiscal.
“Otro punto que tenemos en cuenta para solicitar la pena son las condiciones personales del imputado. Al momento del hecho tenía 29 años, gozaba de esta condición laboral de policía y claro que tenía conocimiento que la forma y el delito por el cual fue declarado responsable no era la forma correcta de actuar”, dijo la fiscal.
“No podemos dejar de lado que ninguno de los testigos que pasaron por este juicio declararon que Solano actuó de manera violenta, nadie dijo que se hubiera resistido, ni que otras personas impidieron sacarlo del boliche. Ese tipo de conductas podrían haber generado un riesgo hacia el imputado, pero no fue así”, explicó el Ministerio Público Fiscal.
“La manera en que lo sacaron fue excesiva, grave, y eso afectó tanto a la victima, como la función pública, y el poder delegado por el Estado en el imputado”, finalizó.
Cabe recordar que el pasado octubre el Tribunal de Juicio absolvió a este hombre de ser “partícipe de homicidio”, y la no culpabilidad a otros dos empleados policiales del delito de encubrimiento agravado en el homicidio y por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Es así que hoy la fiscalía y con adhesión de la querella solicitaron que se le imponga la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, más la inhabilitación especial por el plazo 6 años para vestir uniforme, usar el arma reglamentaria y realizar tareas de seguridad.
Además por el término de 3 años se le apliquen las reglas de conducta de fijar y mantener domicilio, que se someta a IAPL, que realice una capacitación sobre Derechos Humanos acerca de la dignidad humana y el uso legítimo de la actividad policial.
Por su parte, el defensor particular del imputado pidió el mínimo de la pena.
La sentencia se dará a conocer el martes 9 de diciembre a las 9 de la mañana a través de la plataforma Zoom.

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