Aprueban protocolo para resguardar evidencia de dispositivos móviles de forma remota

La decisión de la Procuración General permitirá realizar el resguardo de evidencias digitales de forma rápida, ágil y económica, sin necesidad de mantener el dispositivo móvil de víctimas retenido durante el proceso. Ya se ha aplicado en casos de urgencias especialmente vinculados a la violencia de género y la modalidad fue validada por los tribunales provinciales.

Provinciales04/12/2022
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La resolución suscripta por el Procurador General de Río Negro, Jorge Crespo, aprueba una serie de pasos y previsiones a tener en cuenta a la hora de realizar el procedimiento mediante el cual profesionales de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) – que forma parte del Ministerio Público – podrán descargar la información almacenada en dispositivos móviles sin necesidad de contar con el equipo de forma física. También se podrá resguardar información de la nube de almacenamiento.

 

El procedimiento es sencillo y asegura la inalterabilidad de la información, por lo que puede ser – y de hecho ya ha sido – incorporada a los legajos y a los juicios penales como evidencias válidas. Lo anterior ha sido resuelto en un caso que tuvo una sentencia condenatoria por un tribunal de juicio, confirmado por el tribunal de impugnación y validada por el Superior Tribunal de Justicia.

 

El protocolo prevé cuatro procedimientos de resguardo:

 

- Resguardo remoto evidencia digital almacenada en dispositivo móvil

- Resguardo remoto evidencia digital almacenada en la nube - acceso público

- Resguardo remoto evidencia digital almacenada en la nube - evidencia digital de acceso restringido

- Recuperación de credenciales de acceso a cuentas en la nube mediante línea de celular asociada.

 

Todas ellas y mediante un sistema de videoconferencia son presenciadas por el organismo que solicitó la medida y quedan videofilmadas para el control del procedimiento por todas las partes de la investigación. Además, en caso de considerarlo necesario, el organismo que solicita la medida puede notificar el día y horario asignado por la Oitel a la contraparte para que presencie y controle la medida.

 

Según prevé la normativa, los principales objetivos del nuevo protocolo son “resguardar la evidencia digital de forma rápida, simplificando los procedimientos, aprovechando las utilidades que las distintas aplicaciones ponen al servicio de los usuarios, disminuyendo las gestiones administrativas y costos económicos que implica el traslado de dispositivos en el vasto territorio provincial y sobre todo, aminorando las molestias que genera a las víctimas del delito despojarse de sus dispositivos electrónicos”.

 

Hasta el momento, el análisis de un dispositivo implicaba que los equipos que debían ser peritados eran trasladados a los laboratorios de la OITel con sede en Viedma en donde se cumplía una serie de pasos – tales como el confeccionar una planilla de custodia de seguimiento de un secuestro – que serán innecesarios para esta modalidad.

 

En lo específicamente técnico, según se dispone en el protocolo, se podrá realizar el resguardo remoto de evidencia digital para “acceder, descargar, resguardar y preservar de forma ágil y confiable la evidencia digital de interés para una investigación penal, sin tener la necesidad de contar físicamente con el dispositivo que contiene la información o las credenciales de acceso al lugar donde está almacenada la misma (credenciales de acceso a la “nube”)”.

 

Si bien comenzó aplicándose para casos de urgencia, cabe señalar que durante los últimos años esta modalidad de preservación de datos ya fue utilizada en numerosas ocasiones, especialmente en casos de víctimas de violencia de género quienes pueden aportar la evidencia con la que cuenta en sus dispositivos sin necesidad de entregar su teléfono como medio de prueba.

 

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