Imputación y preventiva por violencia de género

La fiscalía descentralizada de Choele Choel formuló cargos a un hombre de 39 años por hechos cometidos en una localidad de Valle Medio contra quien era su pareja. A raíz de la solicitud fiscal, el hombre deberá cumplir con la medida cautelar de prisión preventiva.

Regionales08/04/2025
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Según la acusación fiscal, los hechos “habrían sucedido el pasado sábado a la noche, cuando el sujeto agredió físicamente a la mujer, causándole lesiones que tras el análisis del médico policial resultaron como leves”.


Entre la prueba esgrimida por la fiscalía se encuentran la persona que dio aviso a la policía y gracias a ello la agresión culminó, la voz de otra allegada, el acta de notificación y la detención del imputado, la intervención del Gabinete de Criminalística, la evaluación de la Oficina de Atención a la Víctima, el análisis del Cuerpo de Investigación Forense, entre otra evidencia.


La calificación legal propuesta por la fiscalía para esta instancia es la de “lesiones leves doblemente agravadas por haber sido cometidas por por un hombre contra una mujer, por una persona con la que mantiene o ha mantenido relación de pareja y mediando violencia de género”, según los Artículos 45, 89 y 92 en función del art. 80 inc. 1 y 11 del Código Penal.


El defensor penal público que asiste el hombre no presentó objeciones formales a lo anterior.


En relación a la prisión preventiva el fiscal solicitó dos meses de prisión preventiva teniendo presente el peligro procesal de entorpecimiento a la investigación, mientras que el defensor solicitó la libertad de su asistido, y como medidas alternativas que fije domicilio, con un comparendo semanal por ante la comisaría y el establecimiento de una prohibición de acercamiento a la víctima a una distancia de 100 mts.


Sin embargo, el juez de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por el fiscal, dispuso que el hombre quede detenido cumpliendo preventiva y determinó que el plazo de la investigación penal preparatoria sea por cuatro meses.

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