Las y los abuelos son parte de la vida de sus nietos

Uno de los derechos fundamentales que protege a niñas, niños y adolescentes para acompañar su vida de relación y su crecimiento es la comunicación con sus familiares. Este es un derecho que no puede ser obstaculizado por situaciones ajenas a su bienestar. La comunicación y el trato con sus familiares, abuelos, hermanos, parientes por afinidad, serán de estímulo permanente en su formación y desarrollo de las relaciones humanas.

Provinciales28/10/2022
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¿Qué sucede cuándo esta relación, por el motivo que sea, se encuentra estancada o entorpecida por problemas que son ajenos a las infancias?

La defensa pública civil del fuero de Familia atiende, de manera casi diaria, consultas relacionadas a estas situaciones y asiste en pluralidad de casos, iniciando causas. La mayoría de los casos se visibiliza en la relación de abuelas y abuelos con sus nietos, pero las acciones son iniciadas en su gran mayorìa por las abuelas.

El Código Civil y Comercial de nuestro país en su artículo Artículo 555 establece que: “Los que tienen a su cargo el cuidado de personas menores de edad (...), deben permitir la comunicación de estos con sus ascendientes, descendientes, hermanos bilaterales o unilaterales y parientes por afinidad en primer grado. Si se deduce oposición fundada en posibles perjuicios a la salud mental o física de los interesados, el juez debe resolver lo que corresponda por el procedimiento más breve que prevea la ley local y establecer, en su caso, el régimen de comunicación más conveniente de acuerdo a las circunstancias”. Esta norma involucra además a personas con capacidad restringida, enfermas o imposibilitadas.

 Acá te contamos cómo iniciar el trámite

Si vivís en la misma ciudad, y no tenés recursos para afrontar un asesoramiento privado, recurrí al Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP).

Los defensores públicos pedirán una mediación, y si en ese encuentro no pueden conciliar un régimen de comunicación a favor de los/las abuelas, el próximo paso es iniciar una demanda.

Durante esa instancia, con algunos elementos que se encuentran en el expediente, se intenta acercar a la partes para que elaboren acuerdos y así arribar a un régimen de comunicación. En un principio puede ser progresivo, empezar de a poco hasta fijar uno definitivo. Lo importante es que lo que se fije se pueda cumplir.

 Consultá por la Oficina de CADEP más próxima en el siguiente link:

 https://ministeriopublico.jusrionegro.gov.ar/asesoria_legal_def.php

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