Concurso de Precios para el buffet/cantina de la pileta municipal

La Municipalidad de Luis Beltrán, llama a Concurso de Precios y Ofertas N° 02/2023 para la concesión del “BUFFET/CANTINA DEL PREDIO DE LA PILETA MUNICIPAL DE LUIS BELTRÁN” temporada 2023 / 2024.

Regionales - Luis Beltrán20/10/2023
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Apertura de las propuestas / fecha límite para su presentación: 15 de noviembre 2023 – 11:00 hs.


Lugar de apertura: El edificio de la Municipalidad de Luis Beltrán sito en calle: Casa de Tucumán N° 481 de Luis Beltrán, Prov. de Río Negro.


Lugar de adquisición del pliego: www.luisbeltran.gob.ar


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RESOLUCIÓN N° 163/23
VISTO:


La necesidad de llamar a concurso para otorgar la concesión del “Buffet/Cantina del predio de la Pileta Municipal de Luis Beltrán” para la temporada de verano 2023-2024; y 


#CONSIDERANDO:
Que la pileta municipal resulta ser un lugar de encuentro y esparcimiento que beneficia a todos los vecinos de nuestra localidad;
Que por esta razón resulta propicio contar con un buen servicio para los usuarios de la misma; 
Que con el objetivo de obtener la propuesta más beneficiosa para las arcas del estado, nuestros habitantes y visitantes de nuestra pileta municipal es necesario llamar a concurso de precios y ofertas; 
#Por_ello:
EL INTENDENTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
RESUELVE:


#Artículo_1°:  LLÁMESE a Concurso de Precios y Ofertas N° 02/2023 para la concesión del “Buffet/Cantina del predio de la Pileta Municipal de Luis Beltrán”, según condiciones y especificaciones del Anexo I que forma parte de la presente.


#Artículo_2°: FÍJESE el día 15 de noviembre de 2023 hasta las 11:00 hs. para la fecha de presentación de ofertar, por ante la mesa de entradas de la Municipalidad de Luis Beltrán, momento en el cual se procederá a la apertura de sobres.


#Artículo_3°: La adjudicación se realizará a través de una Comisión Especial formada por: La Secretaria de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de Luis Beltrán, el Secretario de Obras Públicas y el Asesor Legal de este Municipio los cuales son designados en este acto al efecto.


#Artículo_4°: Regístrese, notifíquese con copia al interesado, Concejo Deliberante, Tribunal de Cuentas, organismos internos correspondientes; cumplido, archívese.- 


DADA EN LA MUNICIPALIDAD DE LUIS BELTRAN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RÍO NEGRO, A 18 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2023.-


#ANEXO_I
RESOLUCIÓN N°163/23
CONCESIÓN CANTINA DEL “BUFFET/CANTINA DEL PREDIO DE LA PILETA MUNICIPAL DE LUIS BELTRÁN”


PLIEGO DE CONDICIONES Y BASES DEL CONCURSO
#1_OBJETO: El objeto del llamado a Concurso, es la adjudicación en Concesión de la explotación del “BUFFET/CANTINA DEL PREDIO DE LA PILETA MUNICIPAL DE LUIS BELTRÁN”.


#2_CONCURSANTES: Los concursantes deberán presentar antecedentes personales laborales y/o empresarios, de lo que surja su idoneidad para este tipo de explotaciones, su probidad y experiencia en Emprendimientos similares.


#3_PROYECTO_DE_TRABAJO: Los concursantes deberán presentar un proyecto de trabajo donde figuren las actividades a desarrollar en el Buffet/Cantina y en el predio de la Pileta Municipal. El horario de atención será como mínimo ocho (8) horas diarias de Lunes a Domingo (pudiendo superara la carga horaria a propuesta del oferente), los servicios mínimos a brindar serán aprovisionamiento de productos y alimentos básicos, servicio de buffet básico, mantenimiento y limpieza de baños en el horario de funcionamiento, mantenimiento de la infraestructura existente.


#4_PROPUESTA_ECONÓMICA: Los concursantes deberán realizar una oferta económica por el tiempo concesionado la cual podrá ser entregada en dinero y/o en puesta en valor en las instalaciones del Buffet/Cantina y del previo (las mejoras deberán ser debidamente certificadas por el Secretario de Obras Públicas de la Municipalidad de Luis Beltrán debiendo consignar su valor) la propuesta mínima deberá ser de pesos mil ($10000) mensuales.


#5_TIEMPO: La presente concesión tendrá vigencia desde el 01/12/2023 hasta el 03/03/2024, pudiendo ampliarse por el termino de 30 días más a propuesta del oferente, reservándose el Municipio de Luis Beltrán el derecho de aceptar la misma.


#6_LA_CONCESIÓN: Se otorgará en función del contenido de las propuestas y los antecedentes de los concursantes, evaluadas por la Comisión Evaluadora. La oferta preseleccionada por la Comisión obtendrá la concesión por Resolución del Intendente Municipal.


#7_USO: El predio será destinado exclusivamente al uso y explotación del negocio que determine la propuesta, siempre en el marco del decoro, las buenas costumbres y respeto hacia terceros. Cualquier otra actividad que sea parte de los especificados en la propuesta deberá ser objeto de aprobación previa y expresa del Poder Ejecutivo Municipal bajo apercibimiento de clausura la que será determinada de oficio y recisión del contrato de concesión.


#8_SUSPENSIÓN_DE_LAS_FUNSIONES: El concesionario no podrá decidir unilateralmente la suspensión de sus funciones debiendo comunicar al Intendente Municipal con 15 días de anticipación su propósito, enumerando las causas de la misma y deberá aguardar la respectiva autorización.


#9_MEJORAS: Los concesionarios no podrán efectuar mejoras además de las expresadas en la propuesta, sin autorización del Poder Ejecutivo Municipal, quedando las autorizadas que se adhieran al inmueble a favor de la Municipalidad de Luis Beltrán, sin indemnización o reconocimiento económico alguno.


#10_PAGO_DE_SERVICIOS: Los consumos de servicios públicos serán abonados en su totalidad por el Municipio de Luis Beltrán.


#11_PROHIBICIONES: Los concesionarios tienen prohibido modificar el destino de la concesión, cederla y/o transferirla a cualquier título sin permiso expreso de Poder Ejecutivo Municipal.


#12_MANTENIMIENTO_DEL_PREDIO: Los concesionarios tienen en forma exclusiva la responsabilidad de mantener el predio (corte de pasto y limpieza) y todas las construcciones que en él se encuentran en perfectas condiciones de uso y a la finalización del contrato deberán reintegrarlo en perfectas condiciones.


#13_RESPONSABILIDAD_CIVIL: Corresponderá a los concesionarios la responsabilidad civil por hechos o actos jurídicos acaecidos en el predio en el término de la concesión, así como toda responsabilidad legal por situaciones referidas a ellos mismos o a sus empleados y asistentes a su negocio.


#14_PROPUESTAS: La comisión reserva el derecho de rechazar propuestas si se estimara que estas no convienen al interés municipal, mediante Resolución fundada, sin que esto otorgue a los proponentes derecho a reclamo alguno.


#15_NOTIFICACIÓN_DE_LA_ADJUDICACIÓN: El oferente que resulte adjudicatario será notificado en un plazo de 2 días.

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