Resuelven una demanda de alimentos

Se separó del padre de sus hijas hace varios años. A partir de ese momento el hombre dejó de ver a las chicas y no realizó ningún aporte económico. Ella se desempeña como ayudante de albañil y se dedica al cuidado personal de sus hijas. Una de las chicas tiene una discapacidad y necesita asistencia e insumos para su vida diaria.

Regionales - Luis Beltrán23/08/2025
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La jueza de Familia de Luis Beltrán resolvió la demanda de alimentos presentada por la mujer, en representación de sus hijas, y condenó al hombre al pago de una cuota alimentaria ajustada a su actividad. El hombre es un empleado de reserva en una empresa y trabaja por temporada.


En la presentación, la mujer indicó que las necesidades de sus hijas superan su capacidad económica. Afronta ella sola los gastos en educación, salud y desembolsos especiales por la discapacidad de una de sus hijas. 


La jueza consideró que en este caso existen necesidades impostergables que justifican la fijación de una cuota. La madre asumió plenamente los cuidados de las niñas, lo que también debe computarse como un aporte económico según el Código Civil y Comercial.


Respecto del hombre, se probó que tiene un empleo registrado y no presenta impedimentos de salud para trabajar. La jueza valoró negativamente que el padre de las chicas no se presentó en el expediente, no ofreció pruebas ni contestó la demanda. Esto evidencia su falta de interés por la situación.


Recordó que todo padre está obligado a realizar esfuerzos razonables para cumplir con sus responsabilidades y que no puede excusarse en ingresos insuficientes salvo casos excepcionales de imposibilidad real.

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