Con los alegatos de apertura, se dio inicio a la causa Solano II

Hasta el próximo lunes 29 sucederá de manera híbrida en los Tribunales roquenses y en la Oficina Judicial de Choele Choel el segundo debate sobre la presunta participación de tres empleados policiales en la muerte de Daniel Solano.

Regionales23/09/2025
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La fiscalía verbalizó sus alegatos de apertura adelantando que a través de la prueba que se producirá en el juicio, buscará la solicitud de responsabilidad penal de dos de los imputados por los delitos de “encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real”. Mientras que a uno de ellos por ser “participe necesario de homicidio agravado por alevosía y por haber abusado de sus funciones siendo miembro de una fuerza de seguridad en concurso real con vejaciones”.


Los hechos por los que debe responder éste último es que “el 5 de noviembre de 2011, el imputado habría colaborado para que Cárcamo, Cuello, Quidel, Barrera, Berthe, Bender y Martinez, lograran llevarse a Daniel Solano y provocarle posteriormente la muerte, tal como fue declarado en la sentencia del día 01 de agosto de 2018”, detalló la fiscal jefe.


En relación a los otros dos, los hechos imputados ocurrieron en la misma fecha, mientras “habrían visto que dos compañeros ya condenados, le habrían propinado a Solano golpes de puño, patadas, empujones. En virtud de este accionar, los dos empleados incumplieron con sus deberes al no haber intervenido cuando golpeaban y sacaban violentamente a Solano del local bailable y al no haber realizado las actas de procedimiento pertinentes, ni dar aviso a su superior ante los hechos ocurridos esa madrugada; en consecuencia, habiendo los aquí imputados presenciado cuando fue sacado del boliche Francisco Daniel Solano y siendo que se había solicitado la presencia del móvil policial a dicho efecto, no lo habrían puesto bajo debida custodia, a los efectos que el personal que se trasladaba en el móvil procediera al traslado de la víctima la comisaría o llegado a un centro de salud, según correspondiera con la situación; posteriormente tampoco denunciaron los hechos concretados por sus colegas”, explicó la fiscalía.


“Para esto vamos a escuchar a personas que estuvieron presentes en el local bailable, entre ellos trabajadores y asistentes, quien tomó fotografías en el interior del local, quien realizó la exposición tras la desaparición de Daniel Solano, el procedimiento concretado”, enumeró la fiscal jefa.


Por su parte, el equipo de la defensa penal pública explicó que su asistido “no está acreditado el elemento doloso, y no puede ser declarado culpable ya que se encontraba cumpliendo un acto propio de sus funciones y no tuvo ninguna participación posterior en el hecho, no pudo haber ocultado prueba”.


Luego, el defensor particular adhirió a lo anterior y dijo que “esto se trata de revelar la realidad de los hechos y lamentablemente se puede ver afectada por el tiempo transcurrido. No hubo secuestro, no hubo incumplimiento y tampoco abuso de autoridad, no sólo lo vamos a acreditar con las voces de los testigos sino también con l prueba científica”.


 

Cabe recordar que interviene en el juicio un Tribunal Colegiado teniendo presente que la pretensión punitiva provisoria esgrimida por la fiscalía y la querella es superior a los tres años de prisión.

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